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viernes, 18 de abril de 2008

Comentario de texto sobre la monarquía

La monarquía como sistema político necesario:
Tres problemas se plantean a propósito de la Monarquía temporal comunmente llamada Imperio, los cuales me propongo estudiar en el orden ya establecido y a la luz del principio adoptado. El primero es éste: Si la Monarquía temporal es necesaria para el bien del mundo. Esta proposión no objetada por fuerza de razón ni de autoridad, puede ser demostrada con sólidos y clarísimos argumentos; ante todo por la autoridad del Filósofo en su "Política". Afirma éste, con su autoridad venerable, que cuando varias cosas están ordenadas hacia un fín, conviene que uno regule o gobierne y que las demás sean reguladas o regidas. Lo cual es creíble no sólo por el nombre glorioso del autor, sino también por la razón inductiva.
Si consideramos a un hombre, vemos que ocurre esto con él: que como todas sus fuerzas están ordenadas hacia la felicidad, la fuerza intelectual obra como reguladora y rectora de todas las otras, pues, no siendo así, no podría alcanzar dicha felicidad. Si consideramos un hogar, cuyo fín es preparar el bienestar de todos sus miembros, conviene igualmente que haya uno que ordene y rija, llamado padre de familia, o alguien que haga sus veces según lo enseña el Filósofo: "Toda casa es gobernada por el más viejo". A él le corresponde, como dice Homero, dirigir a todos e imponerles leyes. De lo cual se origina esta maldición proverbial:"Que tengas un igual en tu casa". Si consideramos una aldea, cuyo fín es la cooperación de las personas y las cosas, conviene que uno sea el regulador de los demás, bien que haya sido impuesto desde fuera, bien que haya surgido por su propia preeminencia y el consentimiento de los otros; de lo contrario, no sólo no se alcanza la mutua asistencia, sino que al cabo, cuando varios quieren prevalecer, todo se corrompe. Si consideramos una ciudad, cuyo fin es vivir bien y suficientemente, también conviene un gobierno único; y esto no sólo dentro de la recta política, sino también de la desviada. Pues cuando ocurre de otro modo, no sólo no se obtiene el fín de la vida civil, sino que la misma ciudad deja de ser lo que era. Si consideramos, por último, un reino particular, cuyo fín es el mismo de la ciudad, con mayor confianza en su tranquilidad, conviene también que haya un rey que rija y gobierne, pues de lo contrario, no sólo dejan los súbditos de obtener sus fines, sino que hasta el último reino perece, según afirma la verdad inefable. "Todo reino dividido será desolado". Si, pues, esto ocurre en todas las cosas que se ordenan a un fín, es verdad lo que se ha establecido anteriomente.
Ahora bien; es cierto que todo el género humano está ordenado a un fín, como ya fue demostrado; por consiguiente, conviene que haya uno que mande o reine; y éste debe ser llamado Monarca o Emperador. Y así resulta evidente que, para el bien del mundo es necesaria la Monarquía, o sea el Imperio.
DANTE, "De la Monarquía", ed. Ernesto Palacio, Buenos Aires, 1966, pp. 41-42.

jueves, 17 de abril de 2008

La batalla de Covadonga según los musulmanes

Cuentan algunos historiadores que el primero que reunió a los fugitivos cristianos de España, después de haberse apoderado de ella los árabes, fue un infiel llamado Pelayo, natural de Asturias en Galicia, al cual tuvieron los árabes como rehén para seguridad de la gente de aquel país, y huyó de Córdoba en tiempo de Al-Hurr ibn Abd Al-Rahman Al-Thaqafi, segundo de los emires árabes de España, en el año sexto después de la conquista, que fue el 98 de la hégira [716-717]. Sublevó a los cristianos contra el lugarteniente de Al-Hurr, le ahuyentaron "y se hicieron dueños del país, en el que permanecieron reinando, ascendiendo a veintidós el número de los reyes suyos que hubo hasta la muerte de Abd Al-Rahman III".
Dice Isa ibn Ahmad Al-Razi que en tiempos de Anbasa ibn Suhaim Al-Qalbi, se levantó en tierra de Galicia un asno salvaje llamado Pelayo. Desde entonces empezaron los cristianos en Al-Andalus a defender contra los musulmanes las tierras que aún quedaban en su poder, lo que no habían esperado lograr. Los islamitas, luchando contra los politeístas y forzándoles a emigrar, se habían apoderado de su país hasta llegar a Ariyula, de la tierra de los francos, y habían conquistado Pamplona en Galicia y no había quedado sino la roca donde se refugió el rey llamado Pelayo con trescientos hombres. Los soldados no cesaron de atacarle hasta que sus soldados murieron de hambre y no quedaron en su compañía sino treinta hombres y diez mujeres. Y no tenían qué comer sino la miel que tomaban de la dejada por las abejas en las hendiduras de la roca. La situación de los musulmanes llegó a ser penosa, y al cabo los despreciaron qué daño pueden hacernos?". En el año 133diciendo: "Treinta asnos salvajes murió Pelayo y reinó su hijo Fáfila. El reinado de Pelayo duró diecinueve años y el de su hijo dos. Después de ambos reinó Alfonso, hijo de Pedro, abuelo de los Banu Alfonso, que consiguieron prolongar su reino hasta hoy y se apoderaron de lo que los musulmanes les habían tomado.

Tomado del Nafh al-Tib de Al-Maqqari. Trad. Lafuente Alcántara, en Col.Obr.Ar.Ac.Ha. I, p. 230. También en M. Antuña y C. Sánchez-Albornoz: Fuentes de la Historia Hispano-musulmana, siglo VIII, p. 232.

domingo, 13 de abril de 2008

Comentario de texto

“ Que esté permitida la unión matrimonial tanto de un godo con una romana ( #Hispanorromana ), como de un romano ( #Hispanorromano ) con una goda. Se distingue una solícita preocupación en el Príncipe, cuando se procuran beneficios para su pueblo a través de ventajas futuras; y no poco deberá regocijarse la ingénita libertad al quebrantarse el vigor de una antigua ley con la abolición de la orden, que, incoherentemente, prefirió dividir con respecto al matrimonio a las personas que su dignidad igualaba como parejas en status. Saludablemente reflexionando por lo que aquí expuesto como mejor, con la remonición de la orden de la vieja ley, sancionamos con esta presente ley de validez perpetua : que tanto si un godo una romana, como también un romano una goda, quisiera tener por esposa-dignísima por su previa petición de mano-existía para ellos la capacidad de contraer nupcias y esté permitido a un hombre libre tomar por esposa a la mujer libre que quiera en honesta unión tras informar bien de su decisión y con el acompañamiento acostumbrado del consenso del linaje. “


CODEX REVISVS ( ÉPOCA DE LEOVIGILDO)





Preguntas:

1. Relaciones entre visigodos e hispanoromanos
2. Implantación de los visigodos en Hispania
3. Obra legislativa de Leovigildo